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UGT-Euskadi dice a las Diputaciones que no sean cicateras y no obliguen a las trabajadoras a hacer un recurso individual para devolver el IRPF por maternidad

La negativa de las Diputaciones forales a adoptar esta medida no corresponde con otras políticas de apoyo a las familias  y a la natalidad que vienen desarrollando y, en caso de que se decida que la Seguridad Social realice ya la retención, las mujeres vascas van a salir perjudicadas.

UGT-Euskadi considera que la devolución debe de ser de oficio y advierte que las Diputaciones no deben obligar a los ciudadanos a recorrer el camino de la reclamación, con recursos vía contencioso que tiene unas costas y que repercutirán en las propias instituciones forales.

En contra del criterio interpretativo de Hacienda, que ha mantenido la obligación de tributación al considerar las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad como rendimientos de trabajo no exentas, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y ahora el Tribunal Supremo, entienden que la interpretación que debe hacerse del art. 7.h.) de la Ley del IRPF es el de que la prestación de maternidad se encuentra dentro del ámbito de la exención general de esta disposición.
La sentencia obliga a Hacienda a rectificar y abre la puerta a la reclamación de las trabajadoras que han percibido prestación de maternidad desde el año 2014 (teniendo en cuenta los plazos de prescripción de cuatro años) para que ésta les devuelva el impuesto de la renta de las personas físicas pagado de más.

En Euskadi, son 58.860 las bajas por maternidad que se han producido desde el año 2014 , 88.000 desde el 2012. Del mismo modo, el sindicato interpreta que también podría reclamarse la devolución del IRPF por las bajas de maternidad correspondientes al padre. El principio de igualdad y derechos iguales para todos parece que tienen que imperar aquí también.
UGT-Euskadi insta a las trabajadoras a reclamar la devolución de las retenciones del IRPF, para ello ha elaborado un formulario tipo, que debe ser cumplimentado. Una vez presentada la solicitud, si en el plazo de 6 meses no existe resolución expresa, se deberá interponer la reclamación ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Euskadi. Si finalmente la resolución de este último fuera negativa se abriría entonces la vía judicial. UGT-Euskadi tiene ya previsto realizar las reclamaciones desde su servicio jurídico Contencioso-Administrativo.

 

Enlace a las direcciones para reclamar el IRPF por Maternidad

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