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UGT-Euskadi demanda a las Diputaciones forales la aplicación de la sentencia del TS y que eximan de tributar IRPF en las bajas de maternidad y paternidad

UGT demanda a las Diputaciones que apliquen la Sentencia del Tribunal Supremo, conocida hoy, en  contra del criterio de la Agencia Tributaria, y que adapte  las normativas forales -con idéntico texto que en el Estado – y, por tanto, exima del pago del tributo en el caso de las prestaciones por permiso de maternidad/paternidad.

Tras esta sentencia, en nuestra comunidad autónoma podrían reclamar  88.192 contribuyentes que estuvieron de baja y tributaron por la prestación

La prestación por maternidad y paternidad debe estar exenta del pago de IRPF y, por este motivo, UGT- Euskadi venía demandando a las Diputaciones Forales que aplicaran la exención del tributo tal y como se recoge en las normas forales. El sindicato exige que se devuelvan las cantidades retenidas y, si no lo hace, anima a los 88.192  personas de baja de maternidad y/o paternidad que durante los años 2014 a 2017 han estado en
dicha situación a reclamar su devolución.

Las Diputaciones Forales vienen utilizando el mismo criterio interpretativo que la Hacienda estatal, que mantiene la obligación de tributar al considerar las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad y paternidad como rendimientos de trabajo no exentas.

En Álava la prestación por maternidad/paternidad estuvo exenta en los ejercicios fiscales 2009 a 2011.Pero en 2010 hubo un serio problema: El Organismo Jurídico de Álava, entidad que media entre los contribuyentes y la Hacienda foral y estudia sus reclamaciones, otorgó la razón a una mujer que dio a luz en 2010 y que demandó contra la inclusión en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la prestación percibida de la Seguridad Social.

Las Juntas Generales de Álava  suprimieron la exención de las prestaciones de maternidad en abril de 2013 para equiparar la situación a Bizkaia y Gipuzkoa donde esta ayuda no estaba libre de impuestos. Lo hicieron con efectos retroactivos hasta el 1 de enero de 2012, pero también se cuestiona esta medida puesto que los tributos devengan el 31 de diciembre de cada año.

 

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